domingo, 22 de marzo de 2015

DE UN PLUMAZO PROHIBEN LAS CORRIDAS DE TOROS EN SAN FELIPE VENEZUELA

Alcalde de San Felipe Alex Sánchez


GERMÁN D’ JESÚS CERRADA
Corresponsal en Venezuela

El Alcalde de San Felipe, capital del Estado Yaracuy, Alex Salomón Sánchez Bernard, además dirigente del partido de gobierno PSUV, mediante decreto Nº 005-2015, publicado en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 007 de fecha 20 de marzo del 2015. Prohibió en toda la jurisdicción del municipio San Felipe las corridas de toros.
El estado Yaracuy,  en especial San Felipe, tierra de toreros y asiento de ganaderías de toros de lidia, que celebra tradicionalmente sus fiestas en el mes de mayo.


Este año los aficionados a la Fiesta Brava, no podrán disfrutar de las corridas de toros, en San Felipe ciudad ubicada en el centro de Venezuela.

El ganadero Juan Campolargo, el cronista Nikolas Bambin hacen entrega al torero Esuardo Valenzuela el trofeo Feria de la Feria de San Felipe
REACCIONES ANTE EL DECRETO INCONSTITUCIONAL

Diferentes reacciones ha tenido la información de la prohibición de la Fiesta Brava en San Felipe, Estado Yaracuy , Venezuela, entre otros:
José Eladio Quintero


El presidente de la Asociación Taurina de Mérida, el abogado constitucionalista José Eladio Quintero, manifestó que en todos puntos rechaza la inconstitucionalidad del Decreto del Alcalde de San Felipe, Prohibiendo las corridas de toros, hace un llamado a todos los taurinos de Venezuela a pronunciarse en contra de la absurda medida y anuncia que procederá como abogado dela República a ejercer todas las acciones legales correspondientes para derogar dicho decreto.


El abocionalista, presidente del Círculo Taurino Amigos de la Dinastia Bienvenida en Venezuela, Fortunato Gonzalez, dijo el decreto del Alcalde de San Felipe, es inconstitucional, por ser las corridas de toros, materia de legislación  y no administrativa.
Fortunati González



Alvaro Sandía

El aficionado taurino y abogado Álvaro Sandia Briceño, declaro es el momento que los abogados constitucionalistas y aficionados taurinos, deberíamos de hacer los alegatos jurídicos ante las instancias correspondientes, por otro lado comento el decreto emanado por la municipalidad de San Felipe, tierra donde nació Rafael Caldera uno de los presidentes más taurinos  que ha tenido el país.

Porsu parte la Comisión Taurina de Mérida emitió un comunicado, donde señala que dicho decreto, coarta la libertad del aficionado taurino, los derechos humanos, considera además que el decreto es una persecución de los organismos gubernamentales contra el aficionado, el comunicado dice textualmente:


COMUNICADO DE LA COMISIÓN TAURINA DE MÉRIDA 


Integrantes de la Comisión Taurina De Mérida


                                                          
Con motivo de la decisión tomada por Alcalde del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, Alex Salomón Sánchez Banard, mediante Decreto No. 005-2015 publicado ya en la Gaceta Oficial Municipal Extraordinaria No. 007-2015 de fecha 20 del mes en curso, donde ha prohibido las corridas de toros en dicha ciudad central venezolana, que tradicionalmente se celebran por el mes de mayo, coartando la libertad en la que nos amparamos los taurinos para poder disfrutar de un arte milenario que apasiona a millones de personas alrededor del mundo, la Comisión Taurina del Municipio Libertador del Estado Mérida, República Bolivariana de Venezuela, quiere pronunciarse ante el mundo taurino expresando su apoyo irrestricto a las corridas de toros.

En ese sentido, es necesario recordar que los Derechos Culturales forman parte de los Derechos Humanos, tal como lo disponen: el artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, el artículo 50 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos – OEA de 1948, el artículo XIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de 1948, el artículo 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, suscrito en 1966 y el artículo 14 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1988.

Siendo entonces los Derechos Culturales una categoría de Derechos Humanos y considerándose las corridas de toros como un arte, una tradición y una cultura, por tanto, susceptibles de protección, no se puede ni se debe brindar mayor protección a los mal llamados derechos animales por encima de los Derechos Humanos, consagrados en nuestras constituciones.

La persecución por parte de órganos gubernamentales contra una tradición arraigada en los pueblos, como lo son las corridas de toros, es considerada como una discriminación en razón de la cultura, crimen de lesa humanidad tipificado en el artículo 7, literal h del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional; por lo que, RECORDAMOS, a las autoridades nacionales, regionales y locales, la consecuencia que pudiera acarrear el arbitrario e intolerante comportamiento y actuación por parte de poderes públicos.

Manifestamos, por tanto, nuestro total rechazo a la pretensión de cualquier órgano gubernamental de acabar con una tradición y una cultura arraigada y aceptada por el pueblo. Rechazamos la persecución a la que estamos sometidos en razón de nuestra cultura, persecución que se configura como un crimen de lesa humanidad.

Invitamos a las autoridades nacionales, regionales y locales a fortalecer todas las manifestaciones culturales que se realizan en nuestras ciudades, con la finalidad de su declaratoria como Patrimonio de Interés Cultural, conforme a la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco.

Dado, firmado y sellado, en la ciudad de Mérida, a los doce (21) días del mes de marzo de dos mil quince (2015)

La Comisión Taurina del Municipio Libertador del Estado Mérida
Venezuela