jueves, 30 de abril de 2015

Por órdenes del equipo de JT se prohíben cámaras para la corrida del sábado

POR ÓRDENES DEL EQUIPO DE JOSÉ TOMÁS SE PROHÍBEN CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y DE VÍDEO EL SÁBADO.   

 Por: Pedro Julio Jiménez Villaseñor
QUE LASTIMA que en pleno siglo XXI sigan pensando algunos extranjeros que vestimos taparrabos y usamos penachos llenos de coloridos plumajes. Y lo peor es que algunas deslumbradas nulidades y torpes celebridades de ámbitos taurinos, sociales, empresariales y escritos, les sigan el juego a cambio de los famosos espejitos “Made in Spain”. Concretamente me refiero a la “orden” enviada a los medios de comunicación por el señor Israel Vicente, “en calidad de responsable de prensa del de Galapagar”, que reproducimos por separado, en la cual nos quita libertades de expresión ocular.
www.noticierotaurino.com.mx le hace saber al equipo del señor José Tomás, concretamente al señor Israel Vicente que es quien despacha  la papelería que nos obliga a dejar cámaras fotográficas y de vídeo, que nosotros nos regimos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ver  (http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_orig_05feb1917.pdf), que es la norma suprema de los Estados Unidos Mexicanos. Es el hacer político y legal para la organización y relación del gobierno federal con los Estados de México, los ciudadanos y todas las personas que viven O VISITAN EL PAÍS, y en ella no vemos mordaza semejante a la que nos quieren imponer… A continuación extractos de ella que hablan al respecto…
ARTÍCULO 5°.- A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial. Mas adelante dice… El Estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad de la persona por cualquier causa.
TAMPOCO PUEDE ADMITIRSE CONVENIO EN QUE LA PERSONA PACTE SU PROSCRIPCIÓN O DESTIERRO, O EN QUE RENUNCIE TEMPORAL O PERMANENTEMENTE A EJERCER DETERMINADA PROFESIÓN, INDUSTRIA O COMERCIO… Y hay uno más…
ARTICULO 7º.- Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. NO SE PUEDE RESTRINGIR ESTE DERECHO POR VÍAS O MEDIOS INDIRECTOS, TALES COMO EL ABUSO DE CONTROLES OFICIALES O PARTICULARES, DE PAPEL PARA PERIÓDICOS, DE FRECUENCIAS RADIOELÉCTRICAS O DE ENSERES Y APARATOS USADOS EN LA DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN O POR CUALESQUIERA OTROS MEDIOS Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN ENCAMINADOS A IMPEDIR LA TRANSMISIÓN Y CIRCULACIÓN DE IDEAS Y OPINIONES.
(Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013)
Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene mas limites que los previstos en el primer párrafo del articulo 6o. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito.
(Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013).
APROVECHO PARA comentar a los lectores de www.noticierotaurino.com.mx, que nosotros evitaremos problemas, no habrá gráficas ni vídeos pero información escrita, y al momento, la tendrán ya que, según ha sido nuestra costumbre, al término de la lidia de cada astado les daremos de inmediato lo sucedido. Esta prohibición de pasar cámaras es su costumbre en España, aquí lo que molesta es que el torero se la pasa diciendo de su querida y sentida hermandad con Aguascalientes y lo que más hace es coartar el trabajo de los medios de comunicación, los mismos que siempre le dieron su total y desinteresado apoyo. Una persona que cobra por verlo actuar en un evento público no tiene porque restringir la difusión de su quehacer, máxime evitar a los mencionados medios ganarse el honesto sustento, esto es anticonstitucional. Restringen las labores a solo tres minutos de filmación, mi duda es cómo conocer el momento en el cual tendremos que disparar la cámara sin molestar a los ordenamientos extranjeros… Nos Vemos.
Mi correo es… pedrojuliojmzv@hotmail.com.  
 (Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2013).
APROVECHO PARA comentar a los lectores de www.noticierotaurino.com.mx, que nosotros evitaremos problemas, no habrá gráficas ni vídeos pero información escrita, y al momento, la tendrán ya que, según ha sido nuestra costumbre, al término de la lidia de cada astado les daremos de inmediato lo sucedido. Esta prohibición de pasar cámaras es su costumbre en España, aquí lo que molesta es que el torero se la pasa diciendo de su querida y sentida hermandad con Aguascalientes y lo que más hace es coartar el trabajo de los medios de comunicación, los mismos que siempre le dieron su total y desinteresado apoyo. Una persona que cobra por verlo actuar en un evento público no tiene porque restringir la difusión de su quehacer, máxime evitar a los mencionados medios ganarse el honesto sustento, esto es anticonstitucional. Restringen las labores a solo tres minutos de filmación, mi duda es cómo conocer el momento en el cual tendremos que disparar la cámara sin molestar a los ordenamientos extranjeros… Nos Vemos.
Mi correo es… pedrojuliojmzv@hotmail.com.