“ TRIUNFO
DEL DERECHO Y LA RAZÓN”
Por: José Santos Alonso
Esta semana se
conocieron dos decisiones trascendentales para la Tauromaquia, resoluciones
ambas que serían lógicas y naturales en un estado normal de derecho y sensatez,
sin embargo la intransigencia, la intolerancia y la
tozudez de los llamados antitaurinos que han creado un ambiente de hostilidad hacia
la tauromaquia y la charrería sin ningún
argumento sólido ni legal que los
acredite las hacen muy significativas e importantes por el hecho emanar de autoridades de inobjetable jerarquía como lo son
la Corte Constitucional de Colombia y, la
LXXII Legislatura del Estado de Michoacán que han reivindicado las corridas de
toros en la ciudad de Bogotá y legitimado la celebración de los festejos
taurinos y la charrería en el Estado de
Morelia Mich. respectivamente, así como el derecho de practicarlas como
tradicional, regular e ininterrumpidamente se ha hecho.
La primera fue la valerosa defensa que hicieron
los taurinos bogotanos contra la prohibición de la fiesta de toros trastocó la
intransigencia del alcalde Gustavo Petro y, “Tras
nueve meses de gestación y coincidiendo con la huelga de hambre iniciada por
ocho novilleros frente a la plaza de toros de la capital de la república, en reclamo
de su devolución al fin para la cual fue construida, el órgano máximo de la
jurisprudencia, -es decir- la corte Constitucional de Colombia decidió:
“Ordenar a las autoridades distritales competentes disponer lo necesario para
la reanudación del espectáculo taurino en la Plaza de Toros de Santamaría de
Bogotá, mediante adopción de mecanismos contractuales u otros administrativos
que garanticen la continuidad de la expresión artística de la tauromaquia y su
difusión”
Así mismo la Corte falló
en contra de la decisión del alcalde que había impedido las corridas de toros por medio de un decreto que canceló el contrato
de arrendamiento de la Plaza “La Santamaría” que es propiedad del ayuntamiento,
con la Corporación Taurina de Bogotá.
Dado que la Ley Taurina
Nacional legitíma jurídicamente las corridas de toros por considerarlas una
expresión artística y cultural tradicional del pueblo colombiano, la Corte
dictaminó que no existía una norma legal que impusiera la prohibición general
de los espectáculos taurinos. Sino que muy al contrario avala la regulación
legal de estas actividades contenidas en la ley por ser reconocidas por el
estado como tradición cultural de la nación.
Esta Sentencia es un bofetón definitivo para la intolerancia del alcalde
de Bogotá y reivindica las corridas de toros en la más importante plaza de
toros suramericana.
La segunda derrota para
los desubicados antitaurinos se protagonizó en nuestro país, en el Estado de
Michoacán donde la LXXII legislatura local recibió una iniciativa presentada
por la Comisión de Cultura y Artes para que se incluyera en el Catálogo del
Patrimonio Cultural Inmaterial del estado la Charrería y la Tauromaquia,
iniciativa que fue aprobada con “carácter de dictamen” por diez y ocho votos a
favor, diez en contra y cuatro abstenciones. No sin la consabida oposición de
los antitaurinos que, como acostumbran se opusieron, tratando de impedir con
violencia que se efectuara la sesión.
Esta declaratoria se suma a la de los estados de
Aguascalientes, Guanajuato, Hidalgo,
Querétaro, Tlaxcala y Zacatecas. En San Luis Potosí, como es ampliamente
conocido, quedó conjurada en el congreso local por mayoría aplastante de votos la
iniciativa del Partido Verde “Ecologista” para prohibir los festejos taurinos en
el estado, lo que fue demostración irrefutable de la voluntad de los potosinos
y, a raíz de ello la Secretaría de Cultura
por instrucciones del ejecutivo formuló el decreto de Declaratoria de
Patrimonio Cultural Inmaterial de las Corridas de Toros en el Estado.
Independientemente los diputados Jaén Castilla Jonguitud y Crisógono Sánchez
del partido Nueva Alianza presentaron en el congreso local una iniciativa con
el mismo objeto.
Hasta hoy no está claro
el destino de estas iniciativas, pero es de esperar que siguiendo la dinámica
del DERECHO y la RAZÓN expresada por los potosinos a través de sus
representantes. Cualquiera de las dos iniciativas se concrete y queden
definitivamente declarados los Festejos Taurinos como Patrimonio Cultural
Inmaterial del Estado.
